Evaluación Hidrológica en Areas de Disposición de Residuos Peligrosos

La Ley 24.051 establece en su artículo Nº 34 que es requisito para la inscripción de plantas de tratamiento y/o disposición final en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos la presentación de una declaración jurada en la que se manifiesten, entre otros datos exigibles, la descripción del sitio donde se ubicará la planta, y las soluciones técnicas a adoptarse frente a eventuales casos de inundación que pudieren producirse, a cuyo efecto se debe adjuntar un dictamen del Instituto Nacional del Agua (ex Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas).
En consecuencia el INA ha incorporado entre sus tareas la relativa a la verificación de la probabilidad de inundación en áreas específicas a efectos de la emisión de los Certificados de No Inundabilidad requeridos por ley .


Para mayor información dirigirse a:
Centro Regional Litoral
Ing. Carlos Paoli
Patricio Cullen 6161 (3000), Provincia de Santa Fe - Argentina
Teléfono: (54 342) 4604540
Fax: (54 342) 4604540
e-mail:
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